La Asociacion de afectados “Isla Bonita” han denunciado la vulneración de dos artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), los relativos al derecho a una investigación efectiva, así como al derecho a un recurso efectivo, debido a que el Tribunal Constitucional español inadmitió a trámite el recurso de amparo contra el archivo de la causa.
Los demandantes señalan que  consisten en una actuación negligente, temeraria y delictiva de las máximas autoridades pesar de tener absoluto conocimiento” de la inminente erupción del volcán, no dieron el aviso de alarma pertinente a la población para proceder a la evacuación preventiva que correspondía de conformidad con lo ordenado por el plan de emergencias, lo que puso en peligro la integridad física y el derecho fundamental a la vida de los ciudadanos que habitan en la zonas más próximas a donde surgió el volcán, a lo que se añaden las muertes de animales.
Aumento de mortalidad en un 53,5%
En el recurso -denuncia se ha subraya, que hubo una pérdida de vida humana oficialmente no reconocida, debido a la inhalación de gases tóxicos indiciariamente”, según recoge la Asociación, y que en los tres meses de la erupción “aumentó un 53,5% el número de fallecimientos en La Palma con respecto a la media del último lustro, lo que supuso un incremento del 35,9% más que en el resto de las islas en el mismo periodo”.
Actas y grabaciones ocultas
En el relato de los hechos se ha puesto de relieve que las actas y grabaciones de las reuniones del comité científico y director del PEVOLCA se han ocultado a la opinión publica, lo que no permite a los ciudadanos conocer el criterio seguido por los querellados para no evacuar a la población de forma preventiva” antes de que entrara en erupción el Tajogaite.
Existen grabaciones que, por algún oscuro motivo, no se desean hacer públicas, lo que parece ser consecuencia de una delictiva y temeraria toma de decisiones a efectos de protección civil, resaltan los denunciantes.
Sospechosas declaraciones de científicos
La demanda ante el Tribunal Europeo ha puesto el foco en las declaraciones de  miembros  de las instituciones científicas  después de la erupción, quienes, aseguran desde la Asociación, afirmaron públicamente que habían advertido de que la erupción era inminente -lo que obligaba a elevar el nivel de la emergencia y evacuar-, y han “incurrido en sospechosas contradicciones al respecto”.
Es el caso de la entonces directora del IGN, María José Blanco, puntualiza Tierra Bonita, sobre quien aseguran que declaró en el Parlamento canario en 2022 que desde el día antes de la erupción había unanimidad en que la erupción era inminente y eso suponía que los políticos debieron elevar el nivel de alerta a naranja y evacuar a la población.
Es manifiesto, continúan los denunciantes que existen contradicciones, rectificaciones extrañas y continuas, que parecen reflejar el ánimo de las autoridades públicas de cobijarse y exonerándose de responsabilidad, al no haber atendido las advertencias de la inminencia de la erupción por parte de diversos científicos.
Agrega la Asociación que después de interponerse la querella en España se han conocido además testimonios como el del coordinador de los bomberos voluntarios durante la erupción, quien, en una entrevista pública, declaró que la mañana del día de la erupción en el Cabildo políticos y científicos le comunicaron que la erupción era inminente”, es decir, que podía ocurrir en cualquier momento.
Con respecto al rechazo del recurso de amparo en el Tribunal Constitucional, en la demanda elevada a instancias judiciales europeas se ha defendido que este caso se ajusta plenamente al requisito de trascendencia constitucional, ya que se ha ocultado información a la ciudadanía, no se ha actuado con la diligencia debida, se ha puesto en peligro la vida de miles de ciudadanos y las acciones de los querellados han generado consecuencias políticas y sociales de gran magnitud, afectando al interés general.